20 de julio de 2009

Alertan que canales nacionales serán condenados a cerrar emisión por cable


Los canales nacionales que transmiten por cable podrán ser condenados a "su cierre definitivo" de aplicarse la providencia administrativa de Conatel sobre servicios de producción nacional audiovisual, actualmente en consulta pública, porque se contempla prohibirles la emisión de publicidad y propaganda.

Esta es la conclusión de un análisis jurídico que está estudiando la Cámara de Televisión por Suscripción, con la finalidad de fijar posición sobre el proyecto de providencia anunciado por el ministro de Obras Públicas y Vivienda, Diosdado Cabello, el pasado 9 de julio, titulado "Norma técnica sobre los servicios de producción nacional audiovisual".

Según el texto, el proyecto busca ampliar la definición que tiene la Ley Resorte de lo que es "Producción Audiovisual Nacional". Esta norma enumera que ocho elementos deben ser de origen venezolano (capital, locaciones, guiones, autores, directores, personal artístico y técnico, y valores de la cultura), pero no los define.

El proyecto de providencia define estos factores, además de lo que se considera publicidad, propaganda, programa y servicio de producción. Sin embargo --señalan los asesores-- un aspecto confuso es la definición del "Servicio de Producción Nacional Audiovisual", pues no queda claro si es el canal o el cable operador.

Esta falta de claridad --"tácita o expresa", señala el documento-- plantea dudas sobre en quién recae la responsabilidad de transmitir gratuitamente los mensajes o alocuciones oficiales. Sin embargo, de la lectura completa de la providencia pareciera desprenderse que el prestador del "servicio" es el canal y no las cableras.

Un aspecto novedoso es que se plantea la posibilidad de que si 10% de los suscriptores de una cablera lo solicitan, cualquier canal puede ser integrado a la programación. Sin embargo, a estos canales se les prohibiría transmitir publicidad o propaganda.

Los analistas objetan esta medida, porque "no parece tomar en cuenta un aspecto básico y fundamental, tanto para la subsistencia del canal como para el operador de difusión por suscripción, cual es la contratación y transmisión de publicidad o propaganda a través de la señal respectiva".

El documento explica que las cableras tienen dos fuentes de financiamiento. Una es el pago que recibe de los canales para que sean transmitidos. Y la segunda, y más importante, es la publicidad. "El principal ingreso del canal (o prestador del servicio de Producción Nacional Audiovisual) viene dado por la venta de los espacios publicitarios de su programación que hace a los anunciantes, por lo que, si se le prohíbe a este servicio (o canal) la transmisión de publicidad o propaganda, se le condena a su cierre definitivo".

Otro aspecto criticado es la redacción ambigua del texto, lo que deja lugar para grandes dudas. Una de ellas es que la providencia pareciera obligar tanto a canales locales como extranjeros a presentar evidencia sobre "su cualidad de servicios de producción nacional".

De esto podría desprenderse que existe un ánimo de declarar a todos como nacionales, "lo que a todas luces parecería improcedente".

Finalmente, el texto deja clara la aspiración de los abogados asesores de la Cámara de Televisión por Suscripción de que el proceso de consulta abierto por Conatel permita la redacción consensuada e íntegra que refleje tanto "los intereses del sector público como los del sector privado que ella regula, permitiendo así la convivencia pacífica y el desarrollo progresivo del sector para beneficio de trabajadores, suscriptores y el Estado por igual".

Fuentes del sector coincidieron en señalar que la intención de la regulación es la salida de Globovisión y RCTV Internacional de los servicios de las cableoperadoras. "Serán los únicos afectados, porque la normativa no incide en los canales pequeños del interior ni en los extranjeros".

El pasado junio Cabello dijo que la reforma a la Ley de Telecomunicaciones se incluirá "lo relativo al control no sólo de la empresa de televisión por cable sino de las televisoras que salen en el cable".

La consulta pública de la norma se inició el 10 de julio y terminará el 27 de julio. Luego Conatel fijará una fecha para una audiencia pública, e implementará la providencia.

Para evolucionar. El presidente de la Cámara de Televisión por Suscripción, Mario Seijas, señaló que con el proyecto de providencia Cabello estaba dando, finalmente, respuesta a la definición de lo que es producción audiovisual nacional e internacional.

"Eso tiene dos años pendiente de aclaración ante el Tribunal Supremo de Justicia, a través de una solicitud de amparo que introdujo la Cámara". De esta forma --dice-- se le aclara el panorama a más de 60 canales.

Contrariamente a lo sostenido por los asesores legales, Seijas considera que la prohibición de publicidad para los canales que sean solicitados por el 10% de los suscriptores no tendrá un impacto negativo, ni para los canales ni para las cableras.

La razón es que, al ser demandados por una cantidad determinada de clientes, pasarían a tener un rango de "Premium", como HBO o Cinemax o Cinecanal. Este tipo de canal, dice Seijas, se mantiene a través de los suscriptores y no de la publicidad.

Por otro lado, la medida da la posibilidad a los productores audiovisuales "de evolucionar en los contenidos de los canales y en el negocio". Anunció que la Cámara prepara un documento para solicitar que en lugar de revisar la programación pasada de un canal para clasificarlo como nacional o extranjero, se evalúe un periodo posterior a la norma y espera participar de la consulta de Conatel.

Sobre las sanciones aplicadas a Netuno, Supercable e Intercable por parte de Indepabis, por fallas técnicas en la señal de Venezolana de Televisión, dijo que la Cámara fijará posición esta semana.

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